Fue tan imponente y lapidaria aquella sentencia en una reunión sindical que, pasados diez años, no logro olvidarla: ¡El único que no puede perder es el Estado!, proclamó un funcionario, como quien eleva a los cielos, decía entonces, una plegaria divina.
Mientras repaso las recientes normas jurídicas que dan forma al paquete de 15 medidas para fortalecer y transformar la empresa estatal socialista, viene a la memoria, junto a la frase, las «caras de poema» de los asistentes al mencionado encuentro, que dibujaban una pregunta desafiante: ¿a quién les corresponde perder entonces, a nosotros?
La anécdota no es para nada, lastimosamente, una exclusiva de este humilde columnista. Pueden contarse por cientos las expresiones de esa dicotomía que se expandió como plaga erosiva en los modelos económicos del llamado «socialismo real», y en la realidad del cubano en particular, entre los intereses de los trabajadores y los ciudadanos con los del Estado que estos eligieron para representar la soberanía de sus intereses.
Fue tan grave la persistencia de dicha contradicción, que ningún analista de las causas del derrumbe del socialismo en la URSS y Europa del Este dejaría de mencionar como detonador la forma en que se estructuró la llamada «dictadura del proletariado», en la etapa de transición al socialismo, en la que el burocratismo escamoteó la condición de dueños que correspondía a los trabajadores y condujo a lacerantes y extensivos procesos de enajenación. Se desvirtuaron así, como afirmé en otro momento, los fundamentos no solo del socialismo, sino incluso hasta del sindicalismo heredado del marco burgués.
Así que no resulta ninguna petulancia teórica preguntarse en qué medida el rediseño constitucional e institucional surgido de la actualización del modelo económico y social cubano de desarrollo socialista contribuye a zanjar ese arrastre malévolo, así como a acomodar las fronteras entre propiedad estatal y social y la de los intereses colectivos con los individuales.
La nueva Constitución es muy clara en ese propósito, al establecer, entre sus fundamentos económicos que: «en la República de Cuba rige un sistema de economía socialista basado en la propiedad de todo el pueblo sobre los medios fundamentales de producción como la forma de propiedad principal… El Estado dirige, regula y controla la actividad económica conciliando los intereses nacionales, territoriales, colectivos e individuales en beneficio de la sociedad… Los trabajadores participan en los procesos de planificación, regulación, gestión y control de la economía. La ley regula la participación de los colectivos laborales en la administración y gestión de las entidades empresariales estatales y unidades presupuestadas…».
La Carta Magna establece, igualmente, que «el trabajo es un valor primordial de nuestra sociedad. Constituye un derecho, un deber social y un motivo de honor de todas las personas en condiciones de trabajar. El trabajo remunerado debe ser la fuente principal de ingresos que sustenta condiciones de vida dignas, permite elevar el bienestar material y espiritual y la realización de los proyectos individuales, colectivos y sociales. La remuneración con arreglo al trabajo aportado se complementa con la satisfacción equitativa y gratuita de servicios sociales universales y otras prestaciones y beneficios».
Con los nuevos decretos leyes publicados en la Gaceta Oficial el pasado 8 de mayo —el No.34 Del Sistema Empresarial Estatal Cubano, el No.36, Modificativo de la Ley 105, Ley de Seguridad Social, y el 39, Modificativo del Decreto 283 Reglamento de la Ley de Seguridad Social— no solo se abren compuertas a la transformación de la Empresa Estatal Socialista, también se cierran muchas por donde escapaban el sentimiento de pertenencia de sus trabajadores y el respeto y orgullo de estos por la propiedad pública, tan definitoria para el éxito y perdurabilidad del socialismo.
Son 15 las medidas que se aprueban a favor de una empresa socialista más sólida. Repasarlas permite verificar que muchas de ellas contemplan sustanciales beneficios para los trabajadores, antes inexistentes: Flexibilización de la distribución de utilidades, eliminando el límite de hasta cinco salarios medios, sin condicionarlo al cumplimiento o sobrecumplimiento de los indicadores directivos; creación de fondos para financiar la estimulación, tanto individual como a colectivos, así como para la compra y construcción de viviendas —uno de los más graves problemas sociales del país—; se faculta al máximo órgano colegiado de la entidad para aprobar el pago por distribución de utilidades a los trabajadores que han sido sancionados por indisciplina durante el año, con excepción de las medidas que se aplican cuando la violación es considerada grave en los reglamentos disciplinarios.
Destacan entre las decisiones a favor de los trabajadores, que cuando estos se jubilen puedan ser contratados para ocupar igual cargo que el que desempeñaban al momento de obtener su pensión, siempre que responda al interés de la entidad; la modificación del cálculo de la pensión para los trabajadores que una vez jubilados con 45 años o más de servicios, se reincorporen al trabajo y laboren al menos cinco años o más, previa modelación del impacto de su aplicación en el gasto de la Seguridad Social y autorizar la contratación de determinados servicios a quienes laboran en la entidad, diferentes a los que realizan según sus contratos de trabajo fuera de su jornada laboral, ajustando el ingreso a recibir según el valor del servicio del que se trate, sin que se considere salario a los efectos legales. Establecer un impuesto por el ingreso que reciba el trabajador.
En hacer prevalecer lo anterior y que se haga con absoluta justicia, se le ofrece la responsabilidad que merece y requiere —y que debe defender con su autoridad—, a los sindicatos.
Seguramente no es todo a lo que puede aspirarse, pero no podría negarse que resulta un gran paso hacia la dignificación del trabajo y los trabajadores en Cuba. Un salto en medio de la urgencia de que los dueños colectivos se adueñen.
(Publicado en la edición dominical del 16 de mayo de 2021 en el diario Juventud Rebelde)