Tras el propósito de definir y regular un nuevo modelo de gestión empresarial como parte de la Política para la Informatización de la Sociedad cubana y los Lineamientos de la Política Económica y Social del Partido y la Revolución (2016-2021), fueron establecidas en el país seis resoluciones relacionadas con la Empresa Estatal de Aplicaciones y Servicios Informáticos (EASI).
Las nuevas normativas, publicadas hoy en la Gaceta Oficial Ordinaria No.42, plantean incentivar la sustitución de importaciones y la inserción de la EASI en encadenamientos productivos con posibilidad de inversión extranjera para lograr su capitalización tecnológica.
Asimismo, proponen flexibilizar la gestión económico-financiera de esas empresas (22 en total) garantizando mayor autonomía para la distribución de utilidades como el salario y contribuir a la retención de la fuerza laboral.
Por otra parte, pretenden estimular la actividad de Investigación-Desarrollo e Innovación (i+d+i), la cooperación entre estas empresas con universidades y centros de investigación, para aumentar el desarrollo de aplicaciones y servicios informáticos de producción nacional.
De acuerdo con una nota publicada en el diario Granma, el director general de Informática del Ministerio de Comunicaciones (Mincom), Miguel Gutiérrez Rodríguez, explicó que la articulación de aspectos pertenecientes al sistema salarial y tributario, así como la profesionalidad de los trabajadores, significó un trabajo conjunto entre el Mincom, y los ministerios de Trabajo y Seguridad Social, Finanzas y Precios, Educación Superior y Cultura.
La Resolución No.18 dictada por el Ministerio de Trabajo y Seguridad Social (MTSS), establece los valores máximos y mínimos a pagar por categoría de roles y faculta al ministro del Mincom para regular la clasificación de los profesionales, y las bases de evaluación del rendimiento individual y colectivo en dichas empresas.
Con respecto a esa ley, el director de Organización del Trabajo del MTSS, Guillermo Sarmiento Cabanas, dijo que la nueva norma contiene elementos que actualizan la Resolución No.114 de 2020 sobre las formas y sistemas de pago en el sector empresarial, además del establecimiento de valores mínimos y máximos de salarios según el rendimiento en el mes.
Sarmiento Cabanas refirió también que en la categoría de roles, fijada por el Mincom, “se diseñan varias generales”.
En tanto, el Mincom fijó dos resoluciones. La primera, Resolución No.48, regula el proceso a seguir por las empresas para solicitar la inclusión en el nuevo modelo de gestión, a través de un expediente que servirá para la evaluación del grupo multisectorial y para proponer la decisión al ministerio citado.
El segundo acuerdo, la Resolución No.49, establece los calificadores de cargos y roles por tipos de actividad, así como las bases de evaluación del rendimiento individual y colectivo en dichas empresas.
Al referirse a estas disposiciones, el director de la Industria Informática del Mincom, Ernesto Vallín Martínez, afirmó que el contenido de esas normas constituye otro de los beneficios incorporados a la empresa estatal, pues “identifica de mejor manera su estructura”.
Los acuerdos “ayudarán a corregir desviaciones, como la ocupación de rangos superiores por personal no calificado, o especializado en otra área, una práctica que vino a contrarrestar la necesidad de recursos humanos”, añadió.
Tanto la Resolución No.50 del Ministerio de Educación Superior que autoriza la contratación directa de estudiantes y profesores por parte de las EASI contribuyendo a estrechar el vínculo Universidad-empresa y a elevar la profesionalidad y especialización requeridas como la Resolución No.23 del Ministerio de Cultura, que actualiza el marco legal sobre el derecho de autor relacionado al desarrollo de aplicaciones informáticas, complementan y fortalecen las disposiciones anteriores.
La aplicación de las seis nuevas normas contaron además con el establecimiento, por el Ministerio de Finanzas y Precios (MFP), de tratamientos de tipo tributario, financiero y de precios, a las empresas estatales del sector.
Rafael Agustín Meriño Betancourt, jefe del departamento de Política Arancelaria del MFP, aclaró varios de los elementos aplicables a cualquiera de estas entidades.
Dentro de las concesiones tributarias se dispuso la aplicación de un tipo impositivo del 17,5 por ciento para impuesto sobre utilidades, el cual se paga actualmente a un 35 por ciento.
Igualmente, las empresas están eximidas del pago del impuesto aduanero por la importación de equipamiento, tecnologías y herramientas informáticas y del pago del impuesto sobre venta durante los tres primeros años, luego de iniciada la implementación del modelo.
Sobre el tratamiento financiero queda establecida la retención de hasta un 70 por ciento de las utilidades, después del pago de impuestos, en los primeros cinco años, una visible ventaja con respecto a lo regulado en estos momentos, que autoriza la retención del 50 por ciento de las utilidades.
También se permite la distribución de utilidades, después del pago de impuestos, sin límite en la cantidad de salarios medios de lo percibido en el año que se liquida y la subvención de las exportaciones de servicios, para evitar que la tasa de cambio actual desestimule la exportación de estas empresas.
Por último, con respecto al tratamiento de precios, el MFP legisló la posibilidad de que las empresas formen los precios y tarifas de sus productos y servicios y dictaminó la prohibición del aumento de estos a las unidades presupuestadas.