El Código de las Familias en Cuba va a referendo el próximo 25 de septiembre, después de meses de debate popular. Frente a los sólidos argumentos a su favor, poco se ha dicho en su contra que pueda analizarse jurídicamente: dogmas religiosos (que deberían ser privativos de quienes practican tales creencias y no impuestos a una sociedad no confesional), prejuicios, ignorancia o simplemente desembozadas falsedades.
Le han llamado el “código de los afectos”, porque consagra el vínculo afectivo como valor jurídico frente a las consideraciones del Código napoleónico, que es la principal fuente inspiradora de las normas civiles latinoamericanas y que concibe al matrimonio heterosexual, sinónimo de familia, como una institución cerrada y difícilmente modificable. Pero, como sabemos, hay uniones afectivas de formas diversas estén o no reconocidas por la ley: familias monoparentales, reconstituidas, tradicionales, sin hijos, con hijos adoptivos… y también, homoparentales, formadas por dos padres o dos madres y sus hijos.
El nuevo Código, aprobado en primera instancia por el Parlamento cubano y que debe pasar por el escrutinio social, legalizaría el matrimonio entre personas del mismo género y las uniones civiles permitirían que cualquier pareja adopte niños. Promovería más derechos para los ancianos y la distribución equitativa de las responsabilidades domésticas. Legitimaría acuerdos prenupciales, uniones de hecho, embarazos solidarios (subrogados, sin ánimo de lucro) y determinar de común acuerdo el orden de los apellidos, el número de estos y el momento en que se desea tenerlos. Los padres tendrían “responsabilidad” en lugar de “custodia” de los hijos, y estarían obligados a ser “respetuosos de la dignidad e integridad física y psíquica de los niños y adolescentes”, entre otras muchas disposiciones.
Por más de medio siglo Cuba ha sido líder regional en derechos de la mujer. Las mujeres encabezan casi el 50 por ciento de los hogares y constituyen el 60 por ciento de los profesionales, tienen derecho al aborto desde 1961 y acceso gratuito a la interrupción del embarazo desde 1965. Pueden reclamar hasta dos años de licencia por maternidad y reciben el mismo salario que los hombres en puestos similares. Pero no todos los derechos han estado refrendados ni dialogaban con los reclamos y la vida cotidiana del país.
Por ejemplo, en Cuba los niveles de adopción son muy bajos. En los últimos cinco años de unos 300 procedimientos en los tribunales para la adopción, sólo se aprobaron 23. El Ministerio de Salud Pública tiene un programa de “atención a la pareja infértil”, que desde su denominación es excluyente: solo puede recibir tratamiento una pareja heterosexual y por motivos de infertilidad. El Código de las Familias despejaría los trámites para la adopción y abriría la posibilidad del uso de una técnica de reproducción humana asistida a parejas que rompan con la concepción binaria. Un niño podría tener dos padres y una madre, o dos madres y un padre, si la familia así lo decide.
Esta norma es la única que irá a referendo entre las 70 leyes actualizadas con la nueva Constitución cubana, promulgada en 2019 que expresa que no es admisible la discriminación por condición humana o circunstancia personal al ser lesiva a la dignidad de la persona.
La versión antigua, sancionada en 1976, establecía que el matrimonio era la unión “entre un hombre y una mujer”, y por tanto legitimó por décadas una versión de “machismo leninismo” o de “marxismo victoriano”, como lo llamó el poeta Eliseo Diego, cuyo modelo era la foto de la mamá, el papá y los dos hijos, heterosexual y estable, que impedía desarticular definitivamente el sistema sexista en que la familia podía terminar siendo tan reaccionaria, opresiva y conservadora como en cualquier otro sitio.
Pero en Cuba, como en otros países, durante décadas ha existido una fuerte tensión sobre qué hacer en este ámbito: diseñar políticas aisladas que levanten puntualmente las fórmulas discriminatorias, como efectivamente se ha estado haciendo, o apuntar a la transformación estructural en las relaciones de género. El Código de las Familias resuelve por fin ese dilema en el que, excepto durante la gestación y los primeros cuidados del bebé, no hay nada que esté condicionado por el género en la crianza de los hijos, en el cuidado de los ancianos y los enfermos, en el apellido que llevamos y, sobre todo, en el amor a otro ser humano.
Obviamente, las leyes por sí solas no son suficientes para lograr cambios, pero empujan las políticas de prevención, protegen a las víctimas y preparan a los niños para un mundo de igualdad. El gran problema de todos, sintámonos hombres o mujeres, no es aprender sino desaprender el machismo, incluso cuando hay un estado de derecho, se intenta alcanzar la mayor justicia posible y se ha hecho una revolución.
También en Cuba un referendo tendrá la última palabra.
(Tomado de La Jornada)